Visto el escrito de fecha 20 junio de 2011, contentivo de un arreglo transaccional celebrado por ambas partes, arriba plenamente identificadas, mediante el cual con el fin de resolver de manera definitiva el presente procedimiento de Oferta Real de Pago, las partes fijan como arreglo definitivo de todos y cada uno de los conceptos señalados en dicho escrito la cantidad de Bs. 28.941,27, habiéndose ofertado la suma de Bs. 10.507,07. Revisadas las facultades de la representante judicial de la parte Oferente entre las cuales ostenta la de transigir Y la de pagar sumas de dinero. Revisados igualmente los términos de dicha transacción y por cuanto el referido pago realizado por la Parte Oferente no vulnera derechos del ex trabajador, ni normas de orden público, cumpliendo con los requisitos de la Ley Orgánica del Trabajo y de su Reglamento; en consecuencia este Tribunal HOMOLOGA EL PAGO para que surta los efectos de la Cosa Juzgada, solo en la relativo a la materia laboral, absteniéndose .....