Vista la anterior transacción, revisada como ha sido por la Juez del Tribunal y por cuanto la misma no vulnera derechos de la EXTRABAJADORA ni normas de orden público, le imparte su HOMOLOGACION para que surta los efectos de la cosa juzgada y se dará por terminada la causa una vez conste en autos el pago acordado y transcurrido como sea el lapso para ejercer los recursos de ley contra la misma. Se deja constancia de la devolución de las pruebas y finalmente se ordena la expedición de la copia certificada solicitada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez,
Abog Carmen Leticia Salazar B.
Los Presentes,
El Secretario,
Abog. Pedro Ravelo