DISPOSITIVO
Por los argumentos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuadragésimo Cuarto (44º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE HOMOLOGA el desistimiento del recurso de apelación cuya nomenclatura es AP21-R-2017-0000301 interpuesto por la representación judicial de la parte demandada. SEGUNDO: Se declara TERMINADO el recurso y se ordena el CIERRE Y ARCHIVO INFORMÁTICO en el Sistema JURIS 2000 como "Asunto Terminado".