Por las motivaciones que anteceden, este TRIBUNAL OCTAVO (8°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS interpuesta por el ciudadano LUIS SUBERO contra CERVECERIA POLAR, C.A..
SEGUNDO: SE CONDENA a la sociedad mercantil demandada CERVECERIA POLAR, C.A., a cancelarle al accionante los conceptos determinados en la parte motiva del presente fallo.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la parcialidad del presente fallo.