Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta de solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano FRANCISCO LINARES PALOMO, contra la empresa GRUPO AUTOPARTS C.A.- SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente juicio no hay condenatoria en costas.-.