PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de calificación de despido interpuesta contra el INSTITUTO DE CRÉDITO Y ASISTENCIA AL TRANSPORTE AMAZONENSE (INSCATA-EXPRESOS LA PROPERIDAD). En consecuencia, se ordena a la demandada, reenganchar al trabajador a su puesto de trabajo, en las mismas condiciones en que se encontraba al momento de ser despedido; es decir para el día 06 de noviembre de 2000. Asimismo se le ordena a la demandada, pagar los salarios caídos generados, desde el día de su despido el 06 de noviembre de 2000, hasta su efectivo reenganche tomando en cuenta como base el salario diario de Bs. 140.000,00 (denominación antigua)= Bs.F. 140,00, lo cual dividido entre 30 días da un salario diario de Bs.F. 4,60, más los incrementos salariales que correspondan por Decreto Presidencial o por Contratación Colectiva, excluyendo los lapsos en los cuales la causa estuvo paralizada por motivos no imputables a las partes. No hay condenatoria en costas.