Por las razones previamente expuestas, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, interpuesta por la ciudadana GLORIS ESTABA LAZARDE, contra la ALCALDÍA METROPOLITANA DE CARACAS, plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Los conceptos y cantidades de dinero que deberá pagar la parte demandada a la actora, son los establecidos en el presente fallo, incluyendo los intereses de mora, cuyas cuantificaciones fueron ordenadas realizar mediante experticia complementaria del fallo en los términos establecidos en su parte motiva. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.