Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales incoada por la ciudadana YASMIN VIVAS DE BAUTISTA, contra la sociedad mercantil ASEA BROWN BOVERI (ABB) S.A., plenamente identificadas en autos.
SEGUNDO: La demandada deberá pagar a la actora la diferencia de prestaciones sociales sobre los conceptos discriminados en el presente fallo, cuya cuantificación incluida la del salario base de cálculo ha sido ordenada mediante la realización de experticia complementaria del fallo, la cual incluirá adicionalmente el cálculo de los intereses de mora y la corrección monetaria, cuyos parámetros han sido establecidos en su parte motiva.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la natur.....