Como consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procede a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarando: PRIMERO: DESISTIDA LA ACCIÓN en el procedimiento por Cobro de Prestaciones Sociales interpuesta por la ciudadana ANALIS ORIANA SALAYA BRITO, contra las sociedades mercantiles INVERSIONES JOMAN MR, C.A.; PAPAY CAFFE, S.R.L., y RESTAURANT EL CORRAL DEL POLLO, C.A., plenamente identificados en autos. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.