DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:Primero: SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por la representación judicial de la ciudadana NUBIA RUIZ antes identificadA, contra la Providencia Administrativa N° 00538-15 dictada por la Inspectoría del Trabajo Pedro Ortega Díaz Sede Caracas Sur en fecha 08 de octubre de 2015, con motivo al procedimiento de autorización para despedir, interpuesto contra la referida ciudadana por la sociedad mercantil CENTRAL MADEIRENSE C.A; Segundo: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.