III
PRIMERO: Decreta la reposición del presente juicio por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoado por los ciudadanos ERNESTO MORA; JHONNY PEREZ, JUAN FERNANDEZ Y JHONNY BASTIDAS contra la entidad de trabajo COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA RED VENEZUELA, C.A. SEGUNDO: La reposición decretada es al estado de que el Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas que conoció en asunto en fase de mediación emita pronunciamiento con respecto a la impugnación del poder por parte de la demandada. TERCERO: Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República de conformidad con el artículo 109 de la Ley que le regula, en el entendido que una vez notificada y transcurrido el lapso de suspensión legal, comenzará a transcurrir el lapso para el ejercicio de los recursos que se consideren pertinentes. CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fa.....