Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de Calificación de Despido, Reenganche y Pago de Salarios Caídos, incoada por los ciudadanos LUIS ALBERTO MORENO y JACINTO ALBERTO TOLEDO, contra la empresa PETRÓLEOS DE VENEZUELA SOCIEDAD ANÓNIMA, plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dados los privilegios procesales de los cuales goza el ente demandado.