VI. PARTE DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN y CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales incoada por la ciudadana YASMIR INDIMARY RIVERA MOROS contra las sociedades mercantiles ALMACENADORA ARCHICENTRO, C.A., TAAF, SOLUTIONS C.A., y personalmente contra la ciudadana ANA JULIA BORGAS MORENO, plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Las codemandadas deberán pagar a la actora en forma solidaria, lo correspondiente a la prestación de antigüedad y sus respectivos intereses, las vacaciones y bono vacacional del período 2007-2008 y las fraccionadas del año 2008, así como las utilidades fraccionadas del año 2008 y las indemnizaciones por despido injustificado, lo correspondie.....