este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS incoada por la ciudadana YARELIS DEL VALLE GIUSEPPE CHAVEZ, contra el SERVICIO AUTÓNOMO OFICINA COORDINADORA DE APOYO MARÍTIMO DE LA ARMADA (OCAMAR), plenamente identificados en autos, en los términos expuestos por la actora en el libelo de demanda y CON LUGAR el pago de las prestaciones e indemnizaciones previstas en los artículos 108 y 110 de la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: Se ordena el pago de la cantidad de Bs. 3.055.200.00 por los conceptos indicados en la parte motiva de la presente decisión.
TERCERO: Se ordena la realización de una experticia complementaria del fallo, para lo cual el Tribunal de Ejecución designará un único experto contable, a través de la cual.....