Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer la demanda por Cobro de Honorarios Profesionales interpuesta por el ciudadano ALFREDO DANIEL IZQUIEL CASARES contra el ciudadano VALENTIN ARMANDO GUTIERREZ GARCÍA. En consecuencia, DECLINA la competencia de la presente causa a los Juzgados de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con el objeto de que siga conociendo del presente asunto, Por lo que se ordena: PRIMERO: Remitir el expediente a Unidad de Recepción y distribución de Documentos de los Juzgados de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines que sea distribuido y lo siga conociendo su Juez natural. SE.....