Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA SOLIDARIDAD, entre las sociedades mercantiles AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A., y FALCON AIR EXPRESS DE VENEZUELA, C.A., y PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA incoada por la ciudadana ERIBEL CRISTINA FLORES ARRIETA contra la sociedad mercantil AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A., plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se condena a la demandada AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A., al pago a la actora de 3 días de descanso semanal compensatorio, del beneficio social y una hora de anticipación por vuelo realizado, así como el pago de la prestación de antigüedad y sus respectivos intereses conforme a lo establecido en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, de la diferencia de.....