Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional intentada por ciudadano MAIKEL COLMENARES, contra la Sociedad Mercantil MERCADOS DE ALIMENTOS, C.A. (MERCAL), identificados en autos. SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.