DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto se desprende de dicha dispositiva que en este caso se cumple el primero de los supuestos al denotarse falta de impulso procesal en la causa baja estudio, en consecuencia, y por las razones de hecho y derecho expuestas este JUZGADO NOVENO (9°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: la PERENCION DE LA INSTANCIA del presente recurso de nulidad incoado por la C.N.A. DE SEGUROS LA PREVISORA, en contra la Providencia Administrativa Nº 0041-16, de fecha 31 de marzo 2016, emitida por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DISTRITO DEL CAPITAL, DEL MUNICIPIO LIBERTADOR, (SEDE NORTE). SEGUNDO : No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo.
Asimismo, se ordena la notificación de la parte demandante y de la Procuraduría General de la República en el entendido que u.....