Así mismo la Juez que preside el acto deja constancia que esta transacción se ha celebrado ante la misma, que suscribe junto con cada una de los comparecientes, y las partes solicitan que expidan copia certificada de la misma en tres ejemplares, todos de un mismo tenor y para que produzcan un mismo efecto. Por lo tanto, vista la anterior transacción celebrada entre las partes, debidamente identificadas en la presente acta, las partes solicitan a este despacho, de conformidad con el artículo 3, parágrafo único de la Ley Orgánica del Trabajo resuelva extenderle la homologación legal correspondiente y en consecuencia declare tener la transacción homologada como sentencia pasada con fuerza de cosa juzgada. La presente Mediación y Conciliación se ha efectuado tomando en cuenta las disposiciones de los Artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los Artículos 257, 258, 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil, y el Artículo 3, Pará.....