Por las razones expuestas, este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por ALEXIS GERMAN SALGADO MERCADO, titular de la Cédula de Identidad No. 11.556.393, contra la Sociedad de Comercio MAQUIVIAL, C.A. y como tercero FUNDACIÓN RUSA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS (FRCV). SEGUNDO: Se condena a la demandada al pago de Bs. 1.143,00 por bono de alimentación, correspondientes a 20 dias laborados en base al 45% de la Unidad Tributaria, vigente para el momento del cumplimiento, por lo cual dicho monto debe ser reajustado según la fecha en que se realice tal pago asimismo se condena al pago de Bs. 1.402,00 por salarios adeudados por el lapso que va desde el 07-06-12 al 17-06-12 mas los intereses de mora e indexación sobre dicha cantidad.