Por las razones expuestas, este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano ROBERTO DE JESUS GALVIS, titular de la Cédula de Identidad No. 5.331.202, contra la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA LOBATERA C.A, inscrita en la Oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 14 de Noviembre de 1974, anotada bajo el N° 34, tomo 168-A-Pro, cuya última modificación estatutaria fue inscrita en el Registro Mercantil Primero del Distrito Capital, el 02 de marzo de 2011, bajo el N° 55, Tomo 40-A, RIF N° J-00090088-4. SEGUNDO: No hay condenatoria en costa, dada la naturaleza de la presente decisión.