PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por los ciudadanos DESIREE ELIAS LAIRET y ALEJANDRO AGUILAR REVELLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio titulares de la Cédula de Identidad No. 16.814.487 y 14.989.007, respectivamente, contra la Sociedad Mercantil TERAPIA ATLETICA CORPORAL CA. inscrita en la Registro Mercantil V, de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el N° 55, tomo 454 A Qto, de fecha 17 de septiembre de 2000 y modificación de fecha 15 de mayo de 2013, bajo el N° 19, tomo 59-A, en consecuencia, esta deberá cancelar a los actores los conceptos discriminados en la motiva del presente fallo; SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.