En consecuencia por lo antes expuesto y en estricto acatamiento de la sentencia ut-supra, este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, declara la reposición de la causa en el presente asunto al estado procesal que el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, ordene la notificación de la parte demandada MANCOMUNIDAD DE LOS BOMBEROS DEL ESTE a los fines de su comparecencia a la celebración de la audiencia de preliminar. Queda igualmente decretada en consecuencia la nulidad de los actos procesales realizados por este Juzgado hasta la presente fecha, exclusive. ASI SE ESTABLECE. Remítase el presente expediente cúmplase.