Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR la defensa de prescripción de las utilidades del año 2010, opuesta por parte de la demandada. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR EL COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS incoado por el ciudadano PABLO ANTONIO GODOY ARTIGA contra la entidad de trabajo PINTA CAR’S 20-20, C.A., ambas partes plenamente identificadas a los autos, en consecuencia, se ordena a la demandada a pagar al accionante las cantidades y conceptos que discriminan en el fallo. TERCERO: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. CUARTO: De conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Tr.....