Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con lugar la demandada intentada por los ciudadanos LIVIO CARPIO SANTANA y CANDIDO VENALEZ contra la INVERSIONES GEMPRO C.A. y PROYECTOS G.M.P., C.A., por cobro de Prestaciones Sociales. Condenándose a la parte demandada a cancelarle al Ciudadano LIVIO CARPIO SANTANA la cantidad de SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES CON 7/100 (Bs. 7.986.368,7) y al ciudadano CANDIDO VENALEZ la cantidad de TREINTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS MIL CIENTO OCHENTA Y CUIATRO BOLIVARES (Bs.32.700.184). Así mismo deberá además la accionada cancelarle a los accionantes lo correspondiente a los Intereses sobre Prestación de Antigüedad, Intereses Moratorios y.....