DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con lugar la defensa de Cosa Juzgada opuesta por la parte demandada.
SEGUNDO: Sin lugar la acción incoada por la ciudadana JESSIKA ZAIRITH ROJAS POLANCO contra la empresa CORPORACIÓN DE MERCADEO EMOTIVO C.A.
TERCERO: Se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida en juicio.