Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD alegada por la parte actora. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA incoada por la ciudadana LENIS CHÁVEZ SUÁREZ por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos laborales contra la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LA SEGURIDAD, ambas partes plenamente identificadas en autos. TERCERO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.