Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil SINDICATO BOLIVARIANO DE LOS TRABAJADORES CORTIGENSES DE LA INDUSTRIA DE LAS BEBIDAS ENVASADOS AL VACÍO (SINBOTRA-CIVEV), que interpuso la presente acción de nulidad contra el acto administrativo contentivo de boleta de inscripción N° 309 de fecha veintitrés de abril de 2009, emanada del Director General de Relaciones Laborales del Ministerio del Poder Popular Para el Trabajo y Seguridad Social, adscrito a la Dirección de Inspectoría Nacional y Otros Asuntos Colectivos de Trabajo del Sector Privado, mediante la cual ordenó el registro del Sindicato Nacional de Trabajadores de Coca Cola Femsa (Sintra-Cofemsa). SEGUNDO: N.....