Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS interpuesta por el ciudadano LUIS ALEXIS ROSALES GRISMAN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio e identificado con la cédula de identidad N° V.- 14.096.884 en contra de CORPORACION BLUMON 27, C.A. Sociedad Mercantil domiciliada en la ciudad de Caracas, e inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 27 de abril de 2001, bajo el N° 37, Tomo 536-A-Qto.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se ordena el reenganche a su puesto de trabajo del accionante LUIS ALEXIS ROSALES GRISMAN y el consiguiente pago de los salarios dejad.....