este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano BIORKMAN JESUS GUDIÑO, en contra la demandada GRUPO GRILLO TOLON C.A., (RESTAURANTE ILGRILLO) y solidariamente a los ciudadanos ALAN DANIEL ISEA y MANUEL ALBERTO TANGIR, por ser accionistas y dueño de la demandada.- SEGUNDO: Dada la parcialidad de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.-