Este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano JESUS ALBERTO APONTE ORTIZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio e identificado con la cédula de identidad N° V.- 14.990.262, en contra de la CAJA DE AHORROS Y PREVISION SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y JUBILADOS DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CAPSEOJ), Asociación Civil, constitutita según Acta protocolizada en la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 15 de marzo de 1966, bajo el Nº 4 , Tomo 18, Tomo 2. Adicional Protocolo Primero;
SEGUNDO: Se declara procedente el pago de la Prestación de antigüedad;
TERCERO: No hay condena en Costas po.....