En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DÉCIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad, intentada por la ciudadana MAYERLING SÁNCHEZ, contra Providencia Administrativa Nº 00165-16 de fecha 19 de agosto de 2016, Expediente N° 023-2015-01-00786 dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador – Sede Norte, mediante la cual autorizó el despido de la referida ciudadana solicitado por la FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO Y PROMOCIÓN DEL PODER COMUNAL (FUNDACOMUNAL). SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.- TERCERO: Por cuanto la presente decisión ha sido dictada fuera del lapso legal correspondiente, se ordena la notificación de las partes y de .....