Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano MIGUEL ARCANGEL RUBIO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio e identificado con la cédula de identidad N° V.- 9.351.075 en contra de LA NUEVA CAZUELA 2006, C.A., Sociedad Mercantil domiciliada en la ciudad de Caracas, e inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha siete (07) de abril de 2006, bajo el N° 27, Tomo 1300-A. En consecuencia, se condena solidariamente a la referida codemandada a los montos y cantidades dinerarias que resulten de la experticia complementaria cuyos parámetros fueron señalados en la parte .....