Este JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad contra la Providencia Administrativa Nro. 00585/10 de fecha 13 de octubre de 2010, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital, Municipio Libertador, (Sede Norte), la cual declaró Con Lugar el Procedimiento de Reenganche y el consecuente pago de salarios caídos incoado por el ciudadano JOSÉ MANUEL BARRIOS .- SEGUNDO: Notifíquese al ciudadano Procurador General de la República de la presente decisión.-