Este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Nulidad por Abstención o Carencia por la parte recurrente YOVANNY BETANCOURT en contra del MINISTERIO DEL PODER PPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.-SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.- Se ordena la notificación de la referida decisión al Procurador General de la República. Se ordena la publicación de la presente sentencia en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. Y ASÍ SE ESTABLECE.-