PRIMERO: CON LUGAR la defensa de Falta de Cualidad opuesta por la representación judicial de La Electricidad de Caracas, C.A., en la demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano JOSE RUBEN MATHEUS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio e identificado con la cédula de identidad N° V.- 6.273.459, en contra de INGENIERIA GALPECA, C.A., empresa mercantil de este domicilio, debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 14 de agosto de 1989, bajo el Nº 55, Tomo 51-A-cto.; y LA ELECTRICIDAD DE CARACAS, C.A., Sociedad Mercantil domiciliada en la ciudad de Caracas, e inscrita en el Registro Mercantil que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Distrito Federal, de fecha 29 de noviembre de 1985, bajo el N° 41, Folios 38 Vto., al 42 Vto., demandadas solidariamente.- Así se establece.-
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por C.....