Este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Nulidad interpuesta en fecha 08/07/2014 por la parte recurrente CORPORACIÓN TELEVEN C.A., en contra de la Providencia Administrativa N° 2013-0847 de fecha 19/12/2013, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, en el procedimiento incoado por el ciudadano JESUS DÍAZ VIVAS.-SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.-