PRIMERO: DESISTIDA la acción Contenciosa Administrativa de Nulidad interpuesta por la demandante BANCO NACIONAL DE CREDITO en contra la Providencia Administrativa Nº 426-2012 de fecha 28 de septiembre de 2012, Expediente N° 023-2011-01-01010 dictada por la Inspectoría del Trabajo del Trabajo en el Norte del Municipio Libertador, la cual declaró Con Lugar el Procedimiento de Reenganche y el consecuente pago de salarios caídos incoado por la ciudadana TALÍA CASTILLO.- SEGUNDO: Notifíquese al ciudadano Procurador General de la República de la presente decisión.- TERCERO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.- Y ASÍ SE DECIDE.-