declara: PRIMERO: INJUSTIFICADO el despido, SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesto por la ciudadana MARIA JESUS MARTIN HARDISSON, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.141.848, contra la empresa SOMOS SALUD C.A, TERCERO: Se ordena a la empresa a reenganchar a la actora a su puesto de trabajo, en las mismas condiciones que tenía para el día 28 de junio de de 2007, fecha del ilegal despido; CUARTO: Cancelar los Salarios caídos los cuales se determinaran a través de una experticia complementaria del fallo, a cuyo efecto se designara un experto contable, cuyos gastos serán sufragados por la parte demandada, desde la fecha de la notificación de la parte demandada (hasta la fecha de la efectiva reincorporación de al trabajadora a sus labores habituales, excluyendo los días de paralización no imputables a las partes, así como los días transcurridos en ambas instancias du.....