Dispositivo
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Parcialmente Con lugar la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales incoado por el ciudadano RAUL HERNESTO GIL contra la CORPORACIÓN DERMOESTETICA C.D., C.A., ambas partes suficientemente identificadas a los autos, En consecuencia, se ordena a la demandada a la cancelación de los conceptos que se especificaron con detalle en la parte motiva de la presente decisión. Se ordena realizar una experticia complementaria del fallo a los fines de cuantificar los conceptos ordenados, así como los intereses moratorios e indexación judicial conforme a la sentencia dictada por la Sala de Casación Social de fecha 11-11-2008. . SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente .....