Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA en el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD interpuesto por la recurrente C.N.A DE SEGUROS LA PREVISORA, por medio de su apoderada judicial CARLISA. E. DECAN BORGES. venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 12.114.940, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo N° 71.098, contra de la República Bolivariana de Venezuela por Órgano del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social a través de la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital, Municipio Libertador Sede Norte, contra la Providencia Administrativa N° 00054.2016, dictada el 21/04/2016.- SEGUNDO: Dada la naturaleza .....