DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por la ciudadana ADRIANA EUNICE FILGUERA FLORES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de las Cédula de Identidad No. V- 13.537.659 contra la empresa INVERSIONES COMPUPARTS, C.A. debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 20 de agosto de 2002, anotada bajo el No. 19, Tomo 693-A-Qto; SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada a cancelar la cantidad DOSCIENTOS SETENTA MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARE CON 50/100 CENTIMOS (Bs. 270.824,50), equivalente a DOSCIENTOS SETETENTA BOLIVARES CON 82 CENTIMOS (Bs. 270,84), así como las cantidades que arroje la experticia complementaria del fallo ordenada a realizar en los términos expuestos en la parte motiva del presente fallo. TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.