DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES intentada por la ciudadana AURA ESTELA DELFIN MEDINA, venezolana, mayor de edad de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V- 3.812.293.contra del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD (CLINICA POPULAR EL PARAISO- NUCLEO ENDOGENO FABRICIO OJEDA ¿CLINICA POPULAR GRAMOVEN)
SEGUNDO: Se ordena a cancelar las Cantidades señaladas en la parte motiva de la presente decisión, más los intereses de prestaciones sociales correspondiente a los conceptos especificados con antelación.
TERCERO: Se ordena la realización de una Experticia Complementaria del fallo, a los fines de determinar los intereses sobre prestaciones sociales, los intereses moratorios y la correspondiente indexación monetaria de las cantidades ordenadas a pagar conforme a los parámetros establecidos en la motiva del presente fallo. CUARTO: No hay condena en costas