Con base a todos lo razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del presente fallo este Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por el ciudadano Héctor Ramón Ortega venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-12.362.490 contra la sociedad Mercantil "Supermercado Junkal Plaza, C.A." de este domicilio, originalmente inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el día 31-05-2004, bajo el n° 39-A-CTO. bajo, modificado posteriormente según consta en acta de asamblea extraordinaria de accionistas celebrada el 1° de febrero de 2005 e inscrita en la misma oficina de registro el d.....