Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO DECIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana MARÍA ELCIDA SOLANO SANDOVAL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.190.828 contra la ALCALDIA DEL DISTRITO METORPOLITANO DE CARACAS. En consecuencia, se condena a la demandada a pagar a la parte actora los conceptos establecidos en la parte motiva del presente decisión, para lo cual el Tribunal de Ejecución designará un único experto contable, para la realización de una experticia complementaria del fallo. Igualmente se ordena una experticia complementaria del fallo a los fines de determinar lo correspondiente para determinar los conceptos .....