Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) SIN LUGAR, la falta de cualidad alegada por la demanda JUNTA LIQUIDADORA del INSTITUTO NACIONAL DE HIPÓDROMOS.
2) SIN LUGAR la defensa previa de prohibición de admitir la acción propuesta planteada por la demandada
3°) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos JOSE MOLINA, ISRAEL FERNÁNDEZ, ANTONIO VELÁSQUEZ, FRANCISCO PEDROZA y DOUGLAS CUENCA contra la JUNTA LIQUIDADADORA del INSTITUTO NACIONAL DE HIPÓDROMOS todas las partes plenamente identificadas en autos.
3°) No hay condenatoria en costa vista la naturaleza del presente fallo.
4°) Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República
4°) Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la present.....