DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO DECIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano RAFAEL ALBERTO PADRÓN DURÁN, en contra de la demandada VENEZOLANA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA C.A. VESEVICA, por lo que se ordena a recalcular las prestaciones de la ciudadano RAFAEL ALBERTO PADRÓN DURÁN en cuanto a la antigüedad, vacaciones fraccionadas, bonificación especial de disfrute de vacaciones fraccionado y utilidades tomando como base de calculo el salario establecido por un único experto designado por el tribunal de ejecución según lo ordenado por este juzgador en la parte motiva, SEGUNDO: no hay condenatoria en costas.