DECLARA: SIN LUGAR la demandada incoada por los ciudadanos LEMUS GUILLERMO y ANGEL CUSTODIO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la Cédulas de identidad Nº- 14.140.5489 y 3.588.145 respectivamente, en contra de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES).
No hay condenatoria en costa de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CÚMPLASE, REGISTRASE, PUBLÍQUESE, NOTIFIQUESE A LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y DÉJESE COPIA DE LA ANTERIOR DECISIÓN
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en ésta ciudad, a los tres (03) de días del mes de junio de dos mil ocho (2008) Año 197º de la Independencia y 148º de la Federación.
MARIELA MORGADO RANGEL
LA JUEZ
Abog. KAR.....