IGUEL ZABALA GARAVITO y BRAYAN IVAN GEROMES DIAZ, titulares de las cédulas de identidad Nos. 6.281.874 y 20.481727 contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. SE ORDENA a realizar los pronunciamientos correspondientes en los asuntos Nos. 027-2017-01-00581 y 027-2017-01-00612, instaurados por JOSÉ MIGUEL ZABALA GARAVITO y BRAYAN IVAN GEROMES DIAZ en contra del MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE DESARROLLO MINERO ECOLOGICO, se ordena realizar el trámite legal correspondiente, en atención a lo previsto en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASÍ SE DECIDE.
DIPOSITIVO:
Por las razones expuestas, este Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de ABSTENCIÒN Y CARENCIA incoada por la representación judicia.....