En base a los razonamiento antes expuestos este JUZGADO DECIMO CUARTO (14) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AERA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción de recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil FOSPUCA BARUTA C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 26 de Noviembre de 1993, bajo el N° 24, Tomo 98-A Sgdo, en contra de la providencia administrativa, denominada por la inspectoría del trabajo Provi-Acta N° 0081-2011 de fecha 28 de marzo de 2011, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO PEDRO ORTEGA DIAZ, SEDE CARACAS SUR, la cual declaró CON LUGAR la presente solicitud de REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS interpuesta por el ciudadano GILBERTO JOSÉ GOMEZ, identificado en autos, titular de la cédula de identidad N° V.- .....